Compliance
Laboral

SUNAFIL inicia campaña de fiscalización en materia de igualdad salarial

02/07/2024

A través del envío de cartas circulares o inductivas, SUNAFIL viene requiriendo información a los empleadores respecto del cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley No. 30709, Ley que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres. A continuación, detallamos la documentación que viene siendo solicitada:

  • Política de igualdad salarial
  • Constancia de entrega de la política de igualdad salarial

Estas cartas circulares o inductivas efectuada por SUNAFIL, son de carácter preventivo y orientador. Dichos documentos no generan sanciones, sin embargo, es recomendable brindar respuesta a estos requerimientos, ya que dicho incumplimiento podría generar el inicio de actuaciones inspectivas.

Al respecto, es importante recordar que, de conformidad con la Ley No. 30709 y su Reglamento, las principales obligaciones a cargo de los empleadores en materia de igualdad salarial son:

  • Valorar los puestos de trabajo y preparar el cuadro de categorías y funciones
  • Preparar una política salarial.
  • Comunicar al personal la política salarial de la empresa.
  • Determinar las remuneraciones sin incurrir en discriminación directa o indirecta.

En caso de que la empresa no cumpla con sus obligaciones en materia de igualdad salarial, se podrían establecer las siguientes infracciones y multas:

Infracción muy grave 51-100 trabajadores 201-300 trabajadores 401-500 trabajadores +1,000 trabajadores
Artículo 25.22: No contar con cuadro de categorías y funciones, y, con política salarial. 11.56 UIT S/59,534 18.39 UIT S/94,708.5 31.52 UIT S/162,328 52.53 UIT S/270,529.5
Artículo 25.23: No informar a los trabajadores sobre la política salarial. 11.56 UIT S/59,534 18.39 UIT S/94,708.5 31.52 UIT S/162,328 52.53 UIT S/270,529.5

Fuente: KPMG Perú