19/01/2024
Algunos de los cambios tributarios, incluyen los siguientes puntos, entre otros:
- Ley del Joven Empresario: establecen beneficios tributarios a empresas que empleen a jovenes
Al contratar a un nuevo trabajador joven, las empresas podrán deducir el 50% de la remuneración básica en el cálculo del IR de los ejercicios 2024 y 2025. Además, se otorgará la devolución del IGV para operaciones de exportación, sin importar la modalidad contractual ni el tipo de trabajo. - Amplían plazo para presentación y pago de la Declaración Jurada Anual del IR para MYPES y personas naturales
Se extendió el plazo hasta junio de 2024 para que personas naturales y Mypes presenten su Declaración Jurada del IR anual. Quienes no opten por la extensión podrán recibir incentivos, los cuales serán definidos en una Resolución de Superintendencia. - Establecen montos para excepción de pagos a cuenta y retenciones del IR de trabajadores independientes
Los contribuyentes que ganen hasta S/.3,755.00 al mes por ingresos de cuarta o quinta categoría no estarán sujetos a la retención del IR. Esto incluye a aquellos que ocupen roles directivos o similares, siempre que sus ingresos totales por dichas funciones no superen los S/.3,004.00 al mes. - La Administración Tributaria devolverá pagos indebidos y/o en exceso en todos los casos aplicando la TIM
Los reembolsos por pagos indebidos o en exceso se efectuarán con una tasa de interés moratorio (TIM) que no excederá el 10% de la tasa activa del mercado promedio mensual en moneda nacional (TAMN) según la publicación de la SBS. La TIM actual es del 0.9% (SUNAT).
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Fuente: Estudio ROSSELLÓ