13/12/2021
Disposiciones laborales sobre el trabajo presencial
Mediante Decreto Supremo N° 179-2021-PCM, publicado en edición extraordinaria del 09 de diciembre del 2021, se disponen exigencias de vacunación para el desarrollo de trabajo presencial a partir del 10 de diciembre del 2021. Asimismo, se determina la consecuencia legal inmediata en caso no se pueda ejecutar el trabajo presencial por falta de vacunación.
Al respecto, se deberá tener en cuenta lo siguiente:
- A partir del 10 de diciembre de 2021, toda persona que realice actividad laboral presencial deberá acreditar su esquema completo de vacunación contra la COVID-19, siendo válidas las vacunas administradas tanto en el Perú como en el extranjero.
- En el caso de los prestadores de servicios de la actividad privada que no cuenten con el esquema completo de vacunación, deberán prestar servicios a través de la modalidad de trabajo remoto.
- Cuando la naturaleza de las labores no sea compatible con el trabajo remoto, se deberá aplicar la suspensión del contrato de trabajo, sin goce de haberes, salvo pacto en contrario.
- Mediante resolución ministerial, el Ministerio de Salud en coordinación con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, podrá establecer supuestos de excepción y disposiciones complementarias.
Fuente: ROSSELLÓ Abogados