Derecho & Impuestos

Encuesta Económica Anual 2023 - empresas de diversos sectores presentarán información, a nivel nacional

25/10/2023

Con fecha 24 de octubre de 2023, mediante la RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 284-2023-INEI, autorizan la ejecución de la “Encuesta Económica Anual 2023” a nivel nacional.

¿CUAL ES EL OBJETIVO DE LA “ENCUESTA ECONÓMICA ANUAL 2023” - EEA 2023?
Esta encuesta permitirá obtener información económica y financiera de las grandes, medianas y pequeñas empresas durante el año 2022, indispensable para la elaboración de las variables macroeconómicas e indicadores económicos-financieros por actividad económica, contribuyendo a un mejor conocimiento de la realidad económica empresarial, sectorial y nacional, además de la adopción de medidas que sirvan de base para mejorar la producción de estadísticas económicas del Sistema Estadístico Nacional.

¿QUÉ EMPRESAS ESTAN OBLIGADAS A PRESTAR LA INFORMACIÓN DE LA EEA 2023?
Las empresas que desarrollaron alguna actividad económica durante el año 2022, de los sectores siguientes: Comercio, Servicios, Educación Superior Privada, Educación Privada, Pesca, Acuicultura, Agencias de Viaje, Establecimientos de Hospedaje, Restaurantes, Manufactura, Construcción, Transportes y Comunicaciones, Hidrocarburos y Electricidad y Generación de Energía, clasificadas según la CIIU Rev.4 y que hayan sido seleccionadas en la muestra, están obligadas a registrar información económica financiera correspondiente a dicho ejercicio económico. Esto es aplicable solo a las empresas obligadas a registrar sus operaciones económicas y financieras mediante el Plan Contable General Empresarial PCGE.

PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA ENCUESTA
La encuesta se ejecutará a nivel nacional, del 02 de noviembre del 2023 al 12 de febrero de 2024, a cargo de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del INEI, Oficinas Departamentales y Zonales de Estadística e Informática-ODEIs, OZEIs, Órganos de Estadística de los Gobiernos Regionales y encargados de la producción estadística en los ministerios correspondientes (ver detalles en el Anexo 1).

¿CUÁL ES EL PLAZO PARA PRESENTAR LA INFORMACIÓN DE LA EEA 2023 ?
El plazo máximo para la presentación de la información se determinará tomando como referencia el último dígito del RUC de las empresas en la forma siguiente:

  • Último dígito de RUC, 2, 5 y 9; desde el 02 de noviembre hasta el 04 de diciembre de 2023.
  • Último dígito de RUC, 1, 4, 6 y 7; desde el 05 de diciembre de 2023 hasta el 08 de enero de 2024.
  • Último dígito de RUC, 0, 3 y 8; desde el 09 de enero hasta el 12 de febrero de 2024.

¿CUÁL ES EL MEDIO DE PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN?
Las personas naturales y jurídicas obligadas a presentar la información, podrán realizarla mediante un aplicativo web que estará disponible en página del INEI, utilizando una CLAVE DE ACCESO que será proporcionada por dicha entidad a través de un oficio dirigido a cada empresa seleccionada.

¿CÓMO ACCEDER AL FORMULARIO EN LÍNEA DE LA ENCUESTA ECONÓMICA ANUAL 2023?
Las empresas pueden acceder al formulario en línea a través de la página del INEI, completando los siguientes datos proporcionados por el INEI:

  • Usuario
  • Password (Contraseña)

¿CÓMO SOLICITO LA CONFORMIDAD DE LA ENCUESTA?
Este proceso será por correo electrónico. Las empresas que hayan concluído el proceso de registro de la Encuesta Económica Anual 2023 podrán descargar directamente del formulario o solicitar la Conformidad de Recepción enviando un correo a su sectorista indicando el número de RUC de la empresa, según la actividad económica que desarrollan, de acuerdo a lo señalado en el Anexo 3 de la Resolución.

¿CUÁL ES LA SANCIÓN ANTE EL INCUMPLIMIENTO?
Las empresas que desarrollaron las actividades económicas señaladas en la presente Resolución durante el año 2022 y que están obligadas por haber sido seleccionadas según el artículo 4 de la misma, que incumplan con presentar la información solicitada dentro del plazo establecido; serán previamente notificadas y de no cumplir con la entrega de la información requerida, pueden ser sancionadas con multa, conforme lo dispuesto por los Artículos 87, 89 y 91 del D.S. Nº 043- 2001-PCM, precisando que el pago de la multa no exime a las empresas de la obligación de presentar la información solicitada.

El incumplimiento en la presentación de la información solicitada origina la aplicación de las siguientes multas:

  1. Personas Naturales: Multa desde el 1% hasta el 50% de la UIT vigente a la fecha de cancelación; 
  2. Personas Jurídicas: Multa desde el 10% de la UIT hasta 10 UIT a la fecha de cancelación.

La lista de empresas sancionadas con multa es publicada por el INEI, mediante Resolución Subjefatural en el Diario Oficial El Peruano.

A TENER EN CUENTA
Se aprueban los siguientes anexos:

  • ANEXO 1: Los órganos encargados de la producción estadística en los ministerios correspondientes, para la coordinación de la distribución y recepción de los formularios electrónicos.
  • ANEXO 2 : Denominación de los formularios electrónicos.
  • ANEXO 3: Procedimiento para acceder al formulario en línea de la Encuesta Económica Anual 2023
  • ANEXO 4: La información del Instituto Nacional de Estadística e Informática y de las Oficinas Departamentales y Zonales de estadística e informática para la coordinación de la distribución y recepción del formulario en línea.

Acceder a la RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 284-2023-INEI y a los ANEXOS 1, 2 , 3 y 4 

Fuente: SNI