Decreto Supremo Nro. 151-2022-PCM
El Ejecutivo declaró, a fines de diciembre 2022, los siguientes días no laborables, los cuales son obligatorios para el sector público:
2023:
- lunes 2 de enero
- viernes 28 de abril
- viernes 30 de junio
- jueves 27 de julio
- lunes 9 de octubre
- jueves 7 de diciembre
- martes 26 de diciembre
2024:
- martes 2 de enero
Las horas dejadas de laborar durante estos días serán compensadas en los 10 días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades. Cabe precisar que, tales días serán considerados como hábiles para fines tributarios.
Sector privado: los centros de trabajo podrán acogerse a lo dispuesto, siempre que haya previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar. A falta de acuerdo, decidirá el empleador.